martes, 28 de enero de 2014

Algunas Definiciones de Evaluación de Impacto Ambiental

DEFINICIONES


AMBIENTE: conjunto o sistema de elementos naturales y artificiales física, química, biológica o sociocultural, en constante interacción y en permanente modificación por la acción humana o natural, que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones.




AUDITORIA AMBIENTAL: metodología sistemática de evaluación de una actividad, obra o proyecto, para determinar sus impactos en el ambiente; comparar el grado de cumplimiento de las normas ambientales y determinar criterios de aplicación de la legislación ambiental. Puede ser obligatorios o voluntaria, según lo establezca la ley y su reglamentación.







IMPACTO AMBIENTAL: alteración negativa o positiva del medio natural o modificado como consecuencia de actividades de desarrollo, que puede afectar la existencia de la vida humana, así como los recursos renovables y no renovables del entorno.







CONSERVACIÓN: conjunto de actividades humanas cuya finalidad es garantizar el uso sostenible del ambiente, incluyendo las medidas de la prevención, mantenimiento, rehabilitación, restauración, manejo, y mejoramiento de los recursos naturales del entorno.






DESASTRES AMBIENTALES: fenómeno desencadenado entre los extremos por la interacción de los riesgos y peligros naturales o inducidos, que afectan negativamente el ambiente.







APTITUD ECOLÓGICA: Capacidad que tienen los ecosistemas de un área o región para soportar el desarrollo de actividades, sin que afecten su estructura trófica, diversidad biológica y ciclos de materiales.





 
 

CARGOS POR CONTAMINACIÓN: Tasas por unidad contaminante basadas en el nivel del daño resultante al ambiente, las cuales deben ser pagadas por el responsable de la actividad, obra o proyecto en compensación por el daño causado.







CENTRO DE INFORMACIÓN: Unidad de información donde se encuentra una base de datos sistematizada.




 

CONSULTA PUBLICA: Actividad por la cual la Autoridad Nacional del Ambiente hace del conocimiento de los ciudadanos, durante un tiempo limitado, los estudios de impacto ambiental de los proyectos de alta magnitud, impacto o riesgo, a fin de que puedan hacer las observaciones y recomendaciones pertinentes relacionadas con los proyectos.






DESECHO PELIGROSO: Desecho o residuo que afecta la salud humana, incluyendo los calificados como peligrosos en los convenios internacionales ratificados por la República de Panamá o en leyes o normas especiales.









ADECUACIÓN AMBIENTAL: Acción de manejo o corrección destinada a hacer compatible una actividad, obra o proyecto con el ambiente, o para que no lo altere significativamente.


  
ÁREA PROTEGIDA: Área geográfica terrestre, costera, marina o lacustre, declarada legalmente, para satisfacer objetivos de conservación, recreación, educación o investigación de los recursos naturales y culturales.





AUTORIDAD NACIONAL DEL AMBIENTE: Entidad pública autónoma que ejerce los poderes, la autoridad y las funciones a ella asignadas por la presente Ley y por las leyes sectoriales correspondientes.





CONTAMINANTE: Cualquier elemento o sustancia química o biológica, energía, radiación, vibración, ruido, fluido, o combinación de éstos, presente en niveles o concentraciones que representen peligro para la seguridad y salud humana, animal, vegetal o del ambiente.




DESASTRES AMBIENTALES: Fenómenos desencadenados entre los extremos por la interacción de los riesgos y peligros naturales o inducidos, que afectan negativamente el ambiente.




1 comentario:

  1. Esperemos que estas defincione los ayude a enterder alhunos conceptos basicos de impacto ambiental y su evaluacion.
    Alguna consulta que quieran agrega, con gusto lo ayudaremos a resolverla

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